El Señor me ha dado últimamente testimonios especiales concernientes a las advertencias y promesas que él ha dado por medio de Malaquías. Después de hablar con gran claridad en la iglesia de Sydney [Australia], y mientras me ponía mi ropa de abrigo en el cuarto de vestir, se me hizo esta pregunta: "Hna. White, ¿cree Ud. que mi padre debería pagar el diezmo? Ha tenido grandes pérdidas recientemente, y dice que tan pronto como cancele su deuda, pagará el diezmo". Le pregunté: "¿Cómo considera Ud. las obligaciones hacia Dios, quien nos da la vida y la respiración, y todas las bendiciones de que disfrutamos? ¿Le parece a Ud. que nuestra deuda con Dios debe aumentar continuamente? ¿Quitará Ud. a Dios la parte que él nunca nos ha dado para que la empleemos con otro propósito que no sea la promoción de su obra, para sostener a sus siervos en el ministerio? Para responder a su pregunta, el profeta Malaquías dice: 'Robará el hombre a Dios?... y dijisteis: ¿En qué te hemos robado?'--como si voluntariamente se quisiera entender mal este tema. Pero a continuación se da la respuesta: 'En vuestros diezmos y ofrendas. Malditos sois con maldición, porque vosotros, la nación toda, me habéis robado'. Después de esta declaración, ¿me atrevería a decirle: Ud. no necesita pagar el diezmo mientras esté endeudado? ¿Debería decirle que debe pagar todo lo que debe a cualquier persona, aunque robe a Dios para hacerlo?"
Si todos aceptaran lo que dice la Escritura, y abrieran sus corazones para comprender la palabra de Dios, no dirían: "No puedo comprender el asunto del diezmo. No puedo entender que en mis circunstancias tenga que pagar el diezmo". "¿Robará el hombre a Dios?" El resultado de hacerlo ha sido claramente expresado, y yo no arriesgaría las consecuencias. Todos los que decidan obedecer a Dios de todo corazón; los que no se apoderen de los fondos reservados de Dios--su propio dinero--para pagar sus deudas; los que devuelvan al Señor la parte que él reclama como suya, recibirán la bendición de Dios que se promete a los que le obedecen.--Special Testimony to Battle Creek Church, 9, 10 [agosto, 1896].
La verdadera razón de la retención
Vi que algunos se han disculpado por no ayudar a la causa de Dios debido a sus deudas. Si hubieran examinado detenidamente sus propios corazones, habrían descubierto que el egoísmo era la razón por la que no llevaban ofrendas voluntarias a Dios. Algunos siempre estarán endeudados. Debido a su codicia, la mano próspera de Dios no los acompañará para bendecir sus empresas. Aman a este mundo más que a la verdad. No se están disponiendo ni preparando para el reino de Dios.--Testimonies for the Church 1:225.
Diezmos retenidos por falta de confianza
El diezmo es sagrado, y ha sido reservado por Dios mismo. Debe ser llevado a su tesorería para que se lo emplee en la sustentación de los obreros evangélicos. Durante largo tiempo el Señor ha sido robado porque hay quienes no comprenden que el diezmo es la porción que Dios se ha reservado. Algunos no han estado satisfechos y han dicho: "No pagaré más mi diezmo, porque no tengo confianza en la forma como se manejan las cosas en el corazón de la obra". ¿Pero robaréis a Dios porque pensáis que el manejo de la obra no es correcto? Presentad vuestras quejas en forma clara y abierta, con el espíritu debido, a las personas debidas. Pedid que las cosas sean ajustadas y puestas en orden; pero no retengáis lo que corresponde a la obra de Dios, demostrando así que sois infieles, porque otros no están obrando correctamente.--Testimonies for the Church 9:249.
El primer deber hacia Dios
Algunos piensan que tienen obligaciones inviolables hacia sus hijos. Deben dar a cada uno su parte, pero se sienten incapaces de reunir recursos para ayudar la causa de Dios. Presentan como excusa que tienen un deber hacia sus hijos. Esto puede ser así, pero su primer deber se refiere a Dios... No permitáis que nadie presente sus pretensiones y os induzca a robar a Dios. No permitáis que vuestros hijos roben vuestra ofrenda del altar de Dios para usarla en su propio beneficio.--Testimonies for the Church 1:220.